La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de la Generalitat Valenciana ha publicado oficialmente en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la convocatoria de subvenciones de 2026 para la compra de vivienda habitual dirigida a menores de 36 años. El programa cuenta con un presupuesto total de 6.320.000 euros financiados íntegramente con fondos propios autonómicos y busca tanto fomentar la emancipación juvenil como fijar población en áreas rurales y municipios medianos.
Las personas beneficiarias podrán recibir una cuantía máxima directa de 15.000 euros por vivienda, sin superar en ningún caso el 20 % del precio total de compra.
Requisitos clave para optar a la subvención
Para acceder a estas ayudas, los solicitantes deben cumplir las siguientes condiciones:
- Edad: Tener menos de 36 años en el momento de presentar la solicitud o en la fecha de firma del contrato de adquisición (siempre que este se haya formalizado a partir del 1 de enero de 2026).
- Ubicación de la vivienda: Debe situarse en un municipio o núcleo poblacional de la Comunitat Valenciana que no supere los 10.000 habitantes, tomando como referencia las cifras oficiales del INE a 1 de enero de 2025.
- Tope en el precio de compra: El coste del inmueble no puede superar los 250.000 euros. Si la compra incluye anejos sin desglosar, la vivienda computará como el 80 % del total si lleva garaje, el 95 % si lleva trastero, y el 75 % si incluye garaje y trastero.
- Nacionalidad y residencia: Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE/EEE o Suiza, o contar con residencia legal en España (NIE en vigor) en el caso de ciudadanos extracomunitarios.
- Número de compradores: La vivienda podrá adquirirse por un máximo de dos personas. En ese supuesto, el importe de la subvención se prorrateará según la cuota de titularidad de cada una.
- Destino y ocupación: La vivienda debe ser la residencia habitual y permanente durante al menos 5 años desde la compra, y debe habitarse en un plazo máximo de tres meses desde su entrega.
Límites de ingresos económicos
Los ingresos anuales de la unidad de convivencia deben mantenerse dentro de los siguientes baremos fijados sobre el IPREM de 2026:
- Régimen general: Rentas anuales iguales o inferiores a 5 veces el IPREM.
- Discapacidad igual o superior al 33 %: Rentas iguales o inferiores a 5,5 veces el IPREM.
- Discapacidad igual o superior al 65 %: Rentas iguales o inferiores a 6 veces el IPREM.
Plazo de solicitud y documentación de la compraventa
El plazo de presentación es urgente: estará abierto durante 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOGV (desde el 3 de noviembre de 2026).
La convocatoria ampara contratos ya firmados a partir del 1 de enero de 2026, viviendas en fase de construcción o compromisos futuros de compra. Quienes todavía no cuenten con el contrato firmado en el momento de solicitar la subvención dispondrán de un plazo de 6 meses desde la publicación de la resolución de concesión para formalizar y presentar la compraventa.
La Generalitat dispondrá de un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar la convocatoria; de no haber respuesta expresa en dicho periodo, la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo.
Cómo solicitar la ayuda telemáticamente
La tramitación se realiza exclusivamente por internet a través de la sede electrónica de la Generalitat:
- Formulario de solicitud: Tramitación directa a través del procedimiento telemático 113373 en sede.gva.es.
- Alta bancaria obligatoria: Registro o comprobación de cuenta a través del trámite PROPER de la Generalitat.









































