La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de la Generalitat Valenciana ha hecho oficial la resolución por la que cancela y retira un montante global de 548.851,15 euros destinados al programa Bono Alquiler Joven. La decisión deja sin efecto la entrega de estas subvenciones a 252 personas beneficiarias en la Comunitat Valenciana, cuyos expedientes contaban con importes asignados que iban desde los 7,50 euros hasta los 6.000,00 euros.
La motivación de la Generalitat: incumplimiento en los justificantes
Para sostener la retirada de estas partidas y declarar la pérdida del derecho al cobro, la administración autonómica expone entrecomillado en el documento oficial la siguiente motivación literal:
«De acuerdo con ello y según la documentación obrante en los expedientes, se constata que no se han cumplido por parte de algunas de las personas beneficiarias las obligaciones y responsabilidades establecidas en la base decimoctava de la Resolución de 21 de abril de 2023.»
La citada base decimoctava es la que obliga a los beneficiarios a aportar periódicamente la documentación bancaria que acredite el pago efectivo de la renta de alquiler. Al no haber justificado estos desembolsos en tiempo y forma, la Generalitat anula de forma automática el abono de las cuantías concedidas.
¿Qué ocurre con los 548.000 euros retirados?
Tras cancelarse la orden de pago para estos 252 expedientes el dinero ya no llegará a los solicitantes. En su lugar, la resolución aplica una minoración del gasto contable sobre siete partidas del centro gestor, este procedimiento contable comporta la liberación del compromiso financiero de los 548.851,15 euros que mantenía bloqueados en las arcas públicas para hacer frente a estos abonos. Esto supone la reintegración al presupuesto autonómico, salvo que la normativa de la convocatoria regule una reasignación automática para solicitudes en lista de espera, los fondos retirados vuelven a quedar disponibles dentro del presupuesto general de la Generalitat.
Plazos de recurso para los afectados
Los jóvenes incluidos en la relación de expedientes que consideren oportuno alegar contra la retirada de la ayuda disponen de dos vías de recurso a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, un recurso de reposición en plazo de un mes ante el director general de Planificación y Políticas de Vivienda, o un recurso contencioso-administrativo con un plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).