La administración autonómica ha dado carpetazo definitivo al proyecto para la construcción de la planta fotovoltaica Viver 53 30, una instalación de 1.200 kW (1,2 MW) de potencia proyectada en la comarca del Alto Palancia. La Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación ha oficializado el archivo del expediente tras confirmarse la pérdida irrecuperable de sus permisos de red.
La resolución, emitida por el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Castelló con fecha de 14 de mayo de 2026 y publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) este 22 de septiembre de 2026, certifica la imposibilidad material y jurídica de continuar con el procedimiento administrativo.
Un impago que tumba el proyecto renovable
El detonante del cierre del expediente (ATALFE/2022/35/12) se remonta al pasado 27 de marzo de 2026, fecha en la que la compañía distribuidora I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU notificó el cierre del expediente de acceso y la consecuente cancelación del permiso de acceso y conexión de la planta debido al falta de pago del presupuesto requerido.
Al cancelarse dichos derechos de red, la solicitud presentada por la promotora Frajav Solar Investment Two, SL perdió de forma sobrevenida su objeto legal. De acuerdo con el artículo 53.1 de la Ley del Sector Eléctrico (Ley 24/2013) y el Real Decreto 413/2014, contar con los permisos de acceso y conexión vigentes es un requisito imprescindible e inexcusable para que la Administración pueda otorgar cualquier autorización administrativa de construcción a una planta de generación eléctrica.
Al no cumplirse esta condición previa, el Servicio Territorial ha aplicado el artículo 84.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, dando por terminado el proceso por causas sobrevenidas.
Historia y tramitación de la planta en el polígono 53
La instalación solar anulada estaba proyectada para ubicarse en el término municipal de Viver, concretamente sobre la parcela 30 del polígono 53. La empresa promotora había iniciado la tramitación en agosto de 2022, habiendo depositado en la Agencia Tributaria Valenciana una garantía económica por valor de 48.000 euros asociada al proyecto de 1,2 MW.
El plan, que llegó a someterse a trámite de información pública en octubre de 2025, queda ahora completamente desestimado. El contenido de esta resolución será trasladado al Institut Cartogràfic Valencià (ICV) para la actualización de los mapas territoriales, medioambientales y energéticos de la Comunitat Valenciana.
Vía de recurso
La resolución firmada por el jefe del Servicio Territorial de Industria de Castellón, Gerardo Nebot García, no agota la vía administrativa. La mercantil promotora o los posibles afectados disponen de un plazo de un mes desde la notificación para interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas de la Generalitat Valenciana.