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Este mecanismo ha resultado un salvavidas para muchos autónomos o particulares que han tenido que pasar por un momento difícil en lo económico
Para muchos, por no decir la gran mayoría de la sociedad, sigue siendo un gran desconocido. Eso es, en parte, porque en el capítulo económico no han tenido que preocuparse por hacer frente a una deuda importante que no tenían forma de asumir por mucho empeño que dedicaran. Cuando el pozo es tan hondo que no hay escalera ni cuerda que permita la salida, solo cabe una solución y su nombre es Ley de Segunda Oportunidad.
Este mecanismo jurídico llegó a la legislación española en el año 2015 con el objetivo de ofrecer una segunda oportunidad, tal y como su propio nombre indica, a aquellas personas que se veían desbordadas por las deudas y que no podían mantener una vida tranquila sin recibir constantes llamadas de acreedores o empresas crediticias solicitando el pago de las cantidades adeudadas.
De esta manera, aquellos solicitantes que probasen que su deuda se contrajo desde la buena fe, es decir, sin cometer delitos socioeconómicos contra la Administración o los trabajadores, y debido a una circunstancia totalmente sobrevenida que no pudieron ni prever ni contrarrestar, podían disponer de la posibilidad de que sus deudas fueran canceladas por completo. Con todo esto se les ofrecía la opción de iniciar una nueva vida desde cero.
Así se incentiva que estas personas se puedan arriesgar a emprender nuevas iniciativas o comienzos, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrán satisfacer. Además, tal y como se reconoce en la exposición de motivos de la propia ley, este mecanismo es favorecedor de la cultura empresarial ya que permitirá que estas personas permanezcan en el circuito regular de la economía y no queden excluidas por su insolvencia, que puede obedecer a un mal trago puntual.
Un ejemplo de su utilidad: más de medio millón de euros cancelado
Una de las claves que convierte a esta ley en una herramienta tan sumamente útil para sus solicitantes es la cantidad máxima de deuda que permite cancelar, que asciende hasta los cinco millones de euros. Si bien es extraño encontrarse con alguien cuyo débito alcance esas cantidades, si es buena muestra el siguiente ejemplo que desde el despacho Abogados para tus deudas decidieron compartir con este medio para evidenciar la utilidad que puede alcanzar este mecanismo en determinadas situaciones.
La letrada Elisabet de Vargas Capella narra la historia de un cliente que logró de la mano de este despacho la cancelación de una deuda superior al medio millón de euros. Si bien puede resultar sorprendente esta cantidad, ella explica que “esta persona al principio tenía bajos ingresos e intentó emprender varios proyectos como autónomo que para que pudieran subsistir tuvo que suscribir a algunos créditos”. El problema es que las condiciones de esos créditos eran un tanto abusivas en cuanto a intereses, sumado a otros factores como “la escasez de ayudas para los autónomos, la bajada de los mercados a nivel profesional y el elevado coste de vida” terminó por generar una mezcla difícil de conjugar.
Al poco tiempo, el endeudamiento fue tal, argumenta, que “esta persona no solo no tenía ingresos suficientes para afrontar sus proyectos, sino que en un momento determinado le faltaba dinero para poder comer y vivir”. Fue ahí cuando entró en contacto con el despacho para tratar de iniciar los trámites y acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Funcionamiento del proceso
La propia especialista detalla cómo se fueron dando los pasos hasta alcanzar la deseada cancelación o exoneración de la deuda. En primer lugar “se inició un trámite documental en notaría, donde evaluamos si el solicitante se adecuaba a los requerimientos solicitados por la Ley”, visto que esto era así se pasó a la segunda fase, la de mediación, “donde intentamos llegar a un acuerdo amistoso de pagos con los acreedores”. En este punto se presenta “un plan de pagos a pagar por el solicitante, con una cuota mensual de deuda a pagar muy flexible y realista en base a sus ingresos y gastos reales, con una quita importante sobre el global de la deuda”. Una quita, cabe recordar que es el perdón de una parte de la deuda.
Puesto que en esta ocasión la deuda era muy elevada, la quita propuesta del 75% (de algo más 500.000 euros) no terminaba de cubrir las intenciones del solicitante y se acudió a la vía judicial buscando lo que técnicamente se conoce como el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, o BEPI, que no es más que la denominación con la que se hace referencia a la cancelación total de la deuda. Este objetivo finalmente se logró y esta persona quedó a deuda cero por sentencia judicial, “esto significa que nadie más podrá nunca reclamarle de ninguna forma estas deudas”, insiste la letrada.