La Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación de la Generalitat Valenciana, a través del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia, ha frenado definitivamente el proyecto de la central fotovoltaica denominada Torrent 29 269 y su correspondiente infraestructura de evacuación. La resolución rechaza la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción que había presentado la empresa Frajav Solar Investment One, SL, para levantar esta planta solar de 1,2 megavatios de potencia instalada en el municipio de Torrent.
La decisión administrativa, firmada por el jefe del Servicio Territorial, Roberto Javier Anchel Añó, pone fin al expediente ATALFE/2022/45/46 tras constatar que resulta imposible continuar con la tramitación por no darse las condiciones legales para otorgar los permisos necesarios.
El principal motivo del rechazo radica en que la empresa promotora no aportó la documentación requerida para que el informe en materia de ordenación del territorio y paisaje resultase favorable, un trámite obligatorio según lo establecido en el Decreto ley 14/2020 de medidas urgentes para la implantación de energías renovables. Además del incumplimiento en materia ambiental y territorial, los técnicos detectaron deficiencias en el diseño técnico de la instalación. En concreto, el proyecto incumplía la instrucción técnica ITC-RAT 19 para la conexión a redes de distribución, ya que el centro de transformación proyectado no disponía de un acceso directo y fácil, un requisito técnico indispensable para la seguridad y el mantenimiento de estas infraestructuras.
La planta denegada contemplaba el despliegue de 2.640 módulos fotovoltaicos monocristalinos en la parcela 269 del polígono 26 del término municipal de Torrent, sumando una potencia pico de 1.452 kilovatios pico. La infraestructura se completaba con un inversor de 1.400 kilovatios limitado por software a 1.200 kilovatios, un transformador de 1.600 kilovatios-amperios y una línea subterránea de evacuación a 20 kilovoltios de casi 300 metros de longitud que discurría por las parcelas 269 y 9030 de la misma zona.
Con esta resolución se resuelve un procedimiento administrativo que comenzó en agosto de 2022 y que ha contado con la emisión de múltiples informes por parte del Ayuntamiento de Torrent, la Dirección General de Medio Natural y el Servicio de Paisaje, así como con condicionantes desfavorables por parte de la distribuidora eléctrica I-DE Redes Eléctricas Inteligentes. La resolución de desestimación ha sido publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial de la Provincia. A partir de la notificación formal, la mercantil afectada cuenta con el plazo de un mes para interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas.