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El tribunal considera que no está probado que la edil popular se negara deliberadamente a firmar un expediente, por el cual se le reclamaban más de 22.000 euros a una empresa por daños en el alcantarillado.
El juzgado número 7 de Valencia ha absuelto a la exalcaldesa de Puçol, Mercedes Sanchis, de un delito de prevaricación. Concretamente, el tribunal considera que no está probado que la edil popular se negara deliberadamente a firmar un expediente, por el cual se le reclamaban más de 22.000 euros a una empresa por daños en el alcantarillado.
Así, según detalla el escrito de la sentencia, en 2012 (cuando ocurrieron los hechos) el consistorio abrió un expediente sancionador a dicha empresa con motivo de vertidos de materiales corrosivos sobre la red de alcantarillado. Estos provocaron la desaparición de más de 1.3000 metros de tuberías, reclamando posteriormente 223.000 euros para la reparación.
10 días fue el plazo que dio el consistorio a la empresa para presentar dichas alegaciones y tras hacerlo, los hechos continuaban siendo probados y el reclamo del dinero debía seguir en pie. Por ello, a alcaldía fue remitido la resolución definitiva que debía firmar la edil popular para que dicho expediente pudiera continuar.
Sin embargo, el expediente caducó ya que la edil nunca llegó a firmarlo. En esta línea, conforme ha detallado el diario Las Provincias, una administrativa alegó que la secretaria personal de Sanchis «no quería firmar la resolución» ya que «la empresa no podía asumir los costes y finalmente quebraría», declaraciones que durante el juicio tanto la acusada como la secretaria han negado.
Finalmente, esto provocó que el propio Ayuntamiento de Puçol tuviera que hacer frente al pago de las reparaciones. Sin embargo, la Fiscalía sí que percibió indicios de delito, por lo que pedía para la exalcaldesa el pago de una multa por responsabilidad civil y el cumplimiento de una pena de 9 años de inhabilitación.
Pese a esto, la actual sentencia demuestra que Sanchis no tendrá que afrontar por el momento, ya que en la absolución todavía cabe recurso ante la Audiencia Provincial, ni el pago de la multa ni la pena.