La Conselleria de Medio Ambiente ha aprobado oficialmente el desistimiento y archivo del expediente del proyecto fotovoltaico «ISF Campellos Benifaió Solar». La instalación, impulsada por la firma Energía Caelum S.L.U., preveía la implantación de una planta de generación eléctrica con 5,48 MW de potencia instalada y 5 MW de capacidad de acceso entre los términos municipales de Benifaió (La Ribera Alta) y Picassent (L’Horta Sud).
Según recoge la resolución oficial firmada el 2 de julio de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de València este 15 de septiembre, el procedimiento administrativo iniciado en agosto de 2022 queda concluido y archivado de plano a petición expresa de la propia compañía promotora.
Las exigencias de paisaje hacen inviable la instalación
El giro en el expediente ATALFE/2022/44/46 se precipitó a finales de mayo de 2026, fecha en la que Energía Caelum solicitó formalmente la cancelación de los trámites de autorización administrativa previa, de construcción y la declaración de utilidad pública.
Aunque la firma había presentado a finales de 2025 un proyecto modificado para intentar adaptar el trazado a las sugerencias de distintos organismos —como la Confederación Hidrográfica del Júcar, la Red de Carreteras del Estado (A-7) o el Ayuntamiento de Benifaió—, el dictamen del Servicio de Paisaje de la Dirección General de Urbanismo terminó por truncar los planes de la promotora.
En su escrito de renuncia, la empresa argumentó que los condicionantes impuestos por el departamento de Paisaje —relativos a la conservación del arbolado agrícola, mantenimiento estricto de la cubierta vegetal, mayor distancia en retranqueos, pantallas vegetales y medidas de integración paisajística— hacían técnicamente y económicamente inviable la ejecución de la planta en los términos previstos.
Al considerar que concurrían causas impeditivas ajenas a la gestión de la empresa, Energía Caelum acogió su desistimiento al artículo 94 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, solicitando asimismo la liberación y devolución de las avales y garantías económicas constituidas para el proceso.
Terrenos afectados y recurso administrativo
La infraestructura abortada contemplaba la ocupación de numerosas parcelas agrícolas de la zona:
Picassent (Polígono 21): Parcelas 38, 39, 40, 41, 115, 259, 279 y 426.
Benifaió (Polígono 2): Parcelas 28, 29, 30, 38, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 52, 53, 274, 301 y 302.
La resolución del Servicio Territorial de Industria dispone la notificación a todas las administraciones y organismos implicados, así como su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y el BOP de Valencia. Frente a este acuerdo final, las partes interesadas disponen de un plazo de un mes (a contar desde el día siguiente a su notificación) para interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas.
