Los Comités Locales de Emergencia y Reconstrucción, asociación cívica nacida tras la DANA, han presentado en Alfafar una moción para que el pleno suspenda los procedimientos urbanísticos en suelos inundables y prohíba la generación de energía renovable en suelo no urbanizable. El texto está fechado el 1 de noviembre de 2026.
La propuesta se apoya en la nueva cartografía de la DANA elaborada por el Institut Cartogràfic Valencià, dependiente de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio. Según la moción, esta cartografía sustituye a la versión oficiosa que había elaborado la profesora de la Universitat de València Carmen Zornoza. El conseller, Vicente Martínez Mus, la ha definido como un instrumento «fundamental para la prevención, planificación y respuesta en la gestión de la ordenación del territorio», porque permite delimitar con precisión las zonas de riesgo de inundación.
El texto recuerda que la Generalitat ha suspendido las reclasificaciones urbanísticas y la construcción de nuevas edificaciones en 104.796 hectáreas afectadas por la DANA del 29 de octubre, y que desde el 2 de enero están paralizados los procedimientos urbanísticos en suelo rural inundable hasta que la Administración General del Estado apruebe las obras necesarias para reducir el riesgo.
En su parte dispositiva, la moción plantea suspender en los municipios afectados la tramitación de los planes urbanísticos, logísticos o industriales sobre suelos rurales que figuren como inundables en el PATRICOVA, y la de las Declaraciones de Interés Comunitario en suelo no urbanizable inundable, según la cartografía del PATRICOVA, la del Ministerio o la de la Conselleria. La suspensión alcanzaría también a los procedimientos en suelos no inundables hasta que incorporen un informe de escorrentías del organismo de cuenca. En las zonas definidas como inundables no se permitirían planes urbanísticos y el suelo quedaría protegido de forma definitiva.
Los Comités proponen además suspender el otorgamiento de licencias en todo el suelo no urbanizable del municipio, al amparo del artículo 68 del texto refundido de la ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, que permite acordar esa medida para estudiar o reformar la ordenación urbanística.
En materia energética, el texto plantea prohibir expresamente la generación de energía renovable en suelo no urbanizable, que quedaría reservada al suelo urbano industrial, y dar prioridad a las comunidades energéticas para instalar placas fotovoltaicas en tejados, azoteas y otros espacios de edificios e instalaciones municipales, como los techados de aparcamientos, las carreteras o el cementerio. El Ayuntamiento iniciaría cuanto antes esa transición y contactaría con la cooperativa que ya funciona en Catarroja, localidad que la moción cita como pionera.
La propuesta contempla también que los propietarios que lo decidan puedan instalar sistemas fotovoltaicos en cualquier vivienda, con ayudas y facilidades administrativas locales para el autoconsumo, y que las empresas con naves en suelo industrial o urbanizable puedan hacerlo en sus cubiertas, con estaciones de hasta 2 MW previo informe de impacto ambiental dirigido al Ayuntamiento.
La exposición de motivos cita los ocho factores que la Fundación Nueva Cultura del Agua identifica en la peligrosidad de las inundaciones, entre ellos el cambio climático, la ocupación de zonas inundables, la impermeabilización del suelo y los sistemas de alerta. También recuerda que el antiguo PATRICOVA, vigente desde 2003 y actualizado en 2015, prohibía en su artículo 18 las obras de infraestructuras vulnerables o que pudieran modificar negativamente el proceso de inundación en suelo no urbanizable. Pese a ello, sostiene el texto, «el urbanismo desaforado ha sido la tónica general» y las previsiones del PATRICOVA y del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables resultaron insuficientes, por lo que defiende aplicar el principio de precaución.
Los Comités piden asimismo que el Ayuntamiento proteja de manera especial la huerta, fomente la agricultura local y la transición agroecológica y facilite el acceso de la población a los productos cultivados en el término municipal. La finalidad de la moción, según el texto, es preservar la biodiversidad y los suelos agrícolas fértiles, proteger el agua subterránea y reforzar la resiliencia de la localidad en seguridad climática y soberanía alimentaria.
El acuerdo se remitiría a la Dirección General de Industria y a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Paisaje y se publicaría en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, momento a partir del cual entraría en vigor la suspensión. También se publicaría en la web municipal y se facultaría a la Alcaldía para tramitar el expediente.








































